jueves, 24 de noviembre de 2011

TELMEZ GANA AMPARO RELATIVO A SU INTENCION DE OFRECER TV POR CABLE

La juzgadora resolvió que resulta inconstitucional obligar a Telmex a iniciar nuevamente el proceso para modificar su título. ARCHIVO
  • La juez determinó que la SCT no se apegó a la sentencia original
  • La SCT no respondió en sentido alguno a la petición, lo que legalmente se entiende como una opinión favorable a la modificación del titulo de la telefónica
CIUDAD DE MÉXICO (24/NOV/2011).- Un juzgado federal otorgó a Teléfonos de México (Telmex) un amparo en contra de la negativa de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de no modificar su título de concesión para que pueda brindar nuevos servicios como el de televisión restringida.

La juez sexto de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, Jessica Villafuerte Alemán, le concedió el amparo a la empresa para que al efecto del titular de la SCT deje insubsistente por su resolución y emita una nueva, en la que subsane las irregularidades en las que ocurrió.

La resolución de la SCT que combatió la telefónica con este amparo fue el pronunciamiento que emitió la dependencia sobre la modificación del título de concesión, como respuesta a una sentencia anterior emitida por un tribunal colegiado, que determinó que había operado una afirmativa ficta por parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

Lo anterior, debido a que Telmex había solicitado a la Cofetel una opinión favorable para la otorgación de los nuevos servicios con el título de concesión que le fue otorgado.

Sin embargo, el órgano regulador no respondió en sentido alguno y esa falta de respuesta, por ley, se considera como opinión favorable de cumplimiento de los requisitos para eliminar las restricciones contenidas en sus títulos de concesión y que la empresa esté en aptitud de prestar el servicio de televisión y audio restringido.

La juez Villafuerte Alemán determinó que la SCT no se apegó a la sentencia original, y pasó por alto la información íntegra del expediente, al no pronunciarse sobre la procedencia o no de la modificación del título de concesión, como ordenó el Tribunal Colegiado, sino sobre requisitos que supuestamente no habría cumplido la telefónica.

La juzgadora resolvió además que resulta inconstitucional obligar a Telmex a iniciar nuevamente el procedimiento para modificar su título ante la dependencia.

Con esta resolución la SCT deberá pronunciarse exclusivamente acerca de si se modifica o no el título de concesión de Telmex, pero tomando en cuenta que ya se estableció la afirmativa ficta.

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